Preguntas frecuentes sobre testamentos

Guía Completa para hacer un testamento en Baleares

Última Actualización: Marzo 2025

Hacer un testamento en Baleares es la mejor forma de asegurarte de que tu patrimonio se reparte según tu voluntad, pero su regulación varía según la isla en la que residas. ¿Cómo funciona la legítima en Mallorca, Menorca, Ibiza y Formentera? ¿Existen diferencias en los tipos de testamento? En esta guía, respondemos a estas preguntas y te explicamos todo lo que necesitas saber sobre el testamento en Baleares.

Aquí encontrarás información sobre las particularidades del derecho sucesorio balear, los pasos para hacer testamento y cómo evitar problemas legales en el futuro.

Conceptos clave del testamento

Cómo hacer un testamento paso a paso

Gastos

Reparticion de bienes

Conceptos clave del testamento

¿Qué es un testamento y por qué hacerlo?

El testamento en Baleares es un documento clave para definir cómo se repartirán los bienes tras el fallecimiento, pero su regulación varía dependiendo de la isla de residencia. Mientras que en Mallorca y Menorca la legítima representa un tercio de la herencia, en Ibiza y Formentera es solo un 25%, otorgando al testador más libertad para decidir el destino de su patrimonio.

Hacer testamento en Baleares es fundamental para evitar la aplicación automática de la sucesión intestada, que puede resultar en repartos no deseados o en mayores cargas fiscales para los herederos. Además, permite establecer disposiciones personalizadas, como designar herederos específicos, asignar legados concretos o proteger a un cónyuge o pareja de hecho.

En una comunidad con una fuerte tradición patrimonial y familiar, la redacción de un testamento es una garantía para que la transmisión de bienes se realice de acuerdo con la voluntad del testador y sin complicaciones legales para los herederos.

¿Qué tipos de testamentos existen en Baleares y cuál me conviene?

El Derecho Civil Balear presenta particularidades en materia sucesoria, especialmente en Ibiza y Formentera. Los tipos de testamento disponibles en Baleares son:

Testamento abierto notarial: Es el más utilizado, ya que el notario garantiza su validez y lo inscribe en el Registro de Últimas Voluntades.

Testamento cerrado: Redactado por el testador o un tercero y entregado al notario en sobre sellado. Su uso es poco frecuente.

Testamento ológrafo: Puede parecer una opción económica, pero requiere validación judicial tras el fallecimiento.

En las Islas Baleares también se permite el testamento mancomunado, por el cual dos personas pueden otorgar testamento conjuntamente, algo que no está permitido en la mayoría de Baleares.

Para garantizar seguridad jurídica, el testamento abierto notarial es la mejor opción en Baleares.

¿Qué Partes Componen un Testamento?

Para que un testamento sea válido y refleje fielmente la voluntad del testador, debe incluir ciertos elementos esenciales. A continuación, te explicamos las secciones clave que debe contener:

1. Encabezado: Indica claramente que el documento es un testamento, asegurando su validez legal.

2. Datos Personales: Incluye el nombre completo, DNI, estado civil y domicilio del testador, garantizando su identificación.

3. Declaración de Voluntad: Explicación detallada de cómo se repartirán los bienes y derechos tras el fallecimiento.

4. Designación de Herederos: Nombres de las personas que recibirán la herencia, con detalles sobre su porcentaje o bienes específicos.

5. Albacea (opcional): Nombramiento de una persona de confianza encargada de velar por el cumplimiento del testamento.

6. Legados Específicos (opcional): Asignación de bienes concretos, como propiedades, dinero o pertenencias, a personas determinadas.

7. Instrucciones Finales (opcional): Disposiciones adicionales, como preferencias para el funeral o deseos personales.

8. Fecha y Firma: Firma del testador y fecha de redacción del documento, requisito indispensable para su validez.

El testamento es una herramienta clave para planificar el futuro de tus bienes y evitar conflictos entre herederos. En Chau podemos ayudarte a garantizar que cumpla con todos los requisitos legales.

¿Quiénes son los herederos forzosos en Baleares?

En Baleares, el régimen sucesorio varía según la isla de residencia del testador. En Mallorca y Menorca, la legítima representa un tercio de la herencia y debe dividirse entre los descendientes. En Ibiza y Formentera, la legítima se reduce al 25%, lo que otorga mayor margen de maniobra al testador.

Si no hay descendientes, la legítima pasa a los padres o ascendientes. El cónyuge viudo tiene derecho al usufructo de una parte de la herencia, cuyo porcentaje varía según la existencia de otros herederos. La flexibilidad del régimen balear permite adaptar la planificación patrimonial a la voluntad del testador sin tantas restricciones como en el Código Civil Común.

¿Cuál es la diferencia entre un testamento y una declaración de herederos?

Cuando una persona fallece, su patrimonio debe ser distribuido entre sus herederos. Para ello, existen dos procesos principales: el testamento y la declaración de herederos. Aunque ambos tienen el mismo objetivo, que es determinar quién recibe la herencia, funcionan de manera muy diferente.

El testamento es un documento legal que una persona redacta en vida para expresar su voluntad sobre el reparto de sus bienes tras su fallecimiento. Es la forma más segura y efectiva de evitar conflictos y de garantizar que la distribución se haga de acuerdo con los deseos del testador. Para que tenga validez, debe cumplir con los requisitos establecidos por la ley y, en la mayoría de los casos, se realiza ante notario. Una vez firmado, queda registrado en el Registro de Últimas Voluntades, lo que permite a los herederos localizarlo con facilidad cuando sea necesario.

Por otro lado, la declaración de herederos es un trámite que se realiza únicamente cuando la persona fallece sin haber hecho testamento. En este caso, la ley establece el orden de sucesión y determina quiénes son los herederos legítimos. Si los herederos son descendientes, ascendientes o el cónyuge, el proceso se lleva a cabo en una notaría, pero si no existen familiares directos, debe tramitarse en un juzgado, lo que puede hacer que el procedimiento sea más largo y costoso.

La principal diferencia entre ambos mecanismos es quién decide la distribución de los bienes. En el testamento, es el fallecido quien establece cómo se reparte su patrimonio, mientras que en la declaración de herederos es la ley la que determina el orden de sucesión. Esto puede generar situaciones no deseadas, como que ciertos bienes pasen a familiares con los que el fallecido no tenía relación o que se produzcan disputas entre los herederos.

Hacer testamento permite simplificar el proceso sucesorio, reducir costes y evitar largos trámites judiciales. Además, otorga al testador la libertad de decidir sobre la parte de su patrimonio que puede distribuir libremente, respetando siempre la legítima de los herederos forzosos. En cambio, cuando no hay testamento, los herederos deberán afrontar un procedimiento más complejo, que puede prolongarse durante meses y generar gastos adicionales.

Si bien la declaración de herederos es una herramienta necesaria en ausencia de testamento, la mejor opción es planificar la herencia con antelación. Contar con un testamento garantiza que la voluntad del fallecido se cumpla y evita problemas legales a los herederos. Acudir a un notario para formalizarlo es un trámite sencillo y accesible que ofrece seguridad y tranquilidad a las familias.

¿Qué ocurre si no hago testamento?

Las Islas Baleares tienen un régimen propio con ciertas diferencias según la isla:

Hijos y descendientes: Son los herederos prioritarios.

Cónyuge viudo: En Mallorca y Menorca, el cónyuge tiene derecho al usufructo universal de la herencia. En Ibiza y Formentera, el usufructo es solo parcial.

Ascendientes: Si no hay descendientes ni cónyuge, la herencia pasa a los padres o abuelos.

Hermanos y colaterales: Si no hay herederos directos, la herencia pasa a los hermanos, sobrinos o primos.

Gobierno Balear: Si no hay familiares en los grados anteriores, la herencia pasa a la comunidad autónoma.

La normativa balear varía según la isla, por lo que hacer testamento permite mayor control sobre el reparto de bienes.

¿Puedo modificar o revocar mi testamento después de firmarlo?

Sí, en Baleares cualquier persona puede modificar o revocar su testamento cuantas veces lo desee mientras conserve su capacidad legal. El testamento no es un documento inamovible, sino que puede adaptarse a los cambios en la vida del testador, como matrimonios, divorcios, nacimientos de hijos o modificaciones en el patrimonio.

Para modificar un testamento, la forma más segura es otorgar uno nuevo ante notario. En el momento en que se firma un testamento posterior, el anterior queda automáticamente revocado, salvo que se indique lo contrario. No es necesario anular expresamente el documento previo, ya que la ley establece que el testamento más reciente es el único válido.

Si el testador quiere realizar pequeños cambios sin redactar un testamento completamente nuevo, puede hacer un codicilo, que es un documento en el que se añaden, modifican o eliminan disposiciones sin alterar el resto del testamento original. Sin embargo, esta opción es menos común y solo se recomienda en casos específicos.También es posible revocar completamente un testamento sin sustituirlo por otro, pero en ese caso, la herencia se regirá por las normas de la sucesión intestada, lo que significa que la ley determinará quiénes son los herederos y cómo se repartirán los bienes.

Modificar o revocar un testamento es un procedimiento sencillo que se realiza ante notario y tiene un coste asequible. Dado que las circunstancias personales y económicas pueden cambiar con el tiempo, es recomendable revisar el testamento periódicamente para asegurarse de que sigue reflejando la voluntad del testador y evitar problemas en el futuro.

¿Cómo se garantiza la validez de mi testamento?

Para que un testamento sea válido en Baleares, debe cumplir con una serie de requisitos legales que aseguren su autenticidad y eviten posibles impugnaciones. La mejor manera de garantizar su validez es otorgarlo ante notario, ya que esto proporciona seguridad jurídica y reduce el riesgo de que sea declarado nulo.

Uno de los requisitos fundamentales es que el testador tenga capacidad legal en el momento de redactarlo. Esto significa que debe ser mayor de 14 años (o 18 en algunos casos según la legislación foral) y encontrarse en pleno uso de sus facultades mentales. Si existen dudas sobre la capacidad del testador, el testamento podría ser impugnado en el futuro.

También es crucial que el testamento respete la legítima, que es la parte de la herencia reservada por ley para los herederos forzosos, como hijos, padres o cónyuge. Un testamento que incumpla esta norma podría ser anulado parcial o totalmente si un heredero impugna la distribución de bienes.

La forma en la que se redacta el testamento influye en su validez. El testamento abierto notarial es el más seguro, ya que se firma ante notario, quien verifica que el documento cumple con todos los requisitos legales. Además, se inscribe en el Registro de Últimas Voluntades, lo que facilita su localización tras el fallecimiento del testador. En cambio, los testamentos ológrafos (escritos a mano por el testador) pueden ser impugnados con mayor facilidad si presentan errores formales o si existen dudas sobre su autenticidad.

Para evitar problemas, es recomendable que el testamento sea claro y preciso, evitando ambigüedades que puedan generar conflictos entre los herederos. También se puede incluir un albacea, que es una persona encargada de velar por el cumplimiento de las disposiciones testamentarias y gestionar la herencia según lo estipulado.

En definitiva, la mejor forma de garantizar la validez de un testamento es redactarlo con asesoramiento profesional, firmarlo ante notario y asegurarse de que cumple con todas las exigencias legales. De este modo, se evita que pueda ser impugnado y se garantiza que la voluntad del testador se cumpla sin complicaciones.

Como hacer un testamento paso a paso

¿Cómo se hace un testamento con Notaría?

Otorgar un testamento ante notario es la forma más segura y sencilla de asegurar que tu última voluntad se cumpla sin complicaciones legales. A continuación, te explicamos los pasos clave del proceso:

1. Selecciona un Notario: Puedes acudir a cualquier notario en Baleares para hacer tu testamento. No es necesario que sea en tu lugar de residencia. Si tienes dudas sobre cuál elegir, puedes consultar el Colegio Notarial de tu comunidad autónoma.

2. Redacción del Documento: El notario redactará el testamento según tus instrucciones, asegurándose de que cumple con la normativa legal. Luego, te lo leerá en voz alta para confirmar que todo está reflejado correctamente.

3. Firma: Si todo es correcto, firmarás el testamento en presencia del notario. Desde ese momento, el documento queda formalmente otorgado y adquiere plena validez legal.

4. Registro: El notario inscribirá el testamento en el Registro General de Actos de Última Voluntad, lo que permitirá que, tras tu fallecimiento, tus herederos puedan solicitar una copia oficial. El original quedará guardado en la notaría para evitar pérdidas o manipulaciones.

¿Qué documentación necesito para hacer un testamento con Notaria?

Para hacer un testamento, solo necesitas reunir una documentación básica.

1. Documento de identidad: Debes presentar tu DNI o NIE vigente para acreditar tu identidad ante el notario.

2. Datos de los herederos: Es recomendable llevar el nombre completo y DNI de las personas que serán beneficiarias de tu testamento. Si designas herederos menores de edad o personas con discapacidad, también puedes incluir instrucciones sobre su tutela o administración de bienes.

3. Estado civil y régimen matrimonial: Si estás casado, es importante informar al notario sobre tu régimen económico matrimonial, ya que esto influye en la disposición de los bienes gananciales.

4. Escrituras o información de bienes específicos: Si deseas repartir propiedades, cuentas bancarias o bienes concretos, puedes facilitar documentos que los acrediten para que el notario los refleje con exactitud.

¿Cuánto tiempo tarda en formalizarse un testamento?

Otorgar un testamento ante notario es un trámite rápido. En la mayoría de los casos, se completa en una sola visita y no toma más de 30 minutos.

El notario redacta el testamento conforme a la voluntad del testador y lo lee en voz alta para asegurarse de que todo es correcto. Si el testador está conforme, se firma en ese mismo momento y queda registrado.

Una vez firmado, el notario lo inscribe en el Registro de Últimas Voluntades, lo que facilita su localización tras el fallecimiento.

Si en el futuro deseas modificarlo, puedes hacerlo otorgando un nuevo testamento, que automáticamente dejará sin efecto el anterior.

¿Cómo se hace un testamento online?

Hacer un testamento online es una opción cada vez más popular debido a su comodidad y eficiencia. Aquí te explicamos los pasos para hacerlo:

1. Registro en una Plataforma Online: Crea una cuenta en una plataforma confiable que ofrezca servicios de redacción de testamentos.

2. Completa el Formulario: Proporciona tus datos personales, inventario de bienes y detalles sobre cómo deseas distribuir tus bienes.

3. Asesoramiento Legal: Muchas plataformas ofrecen la revisión del documento por parte de un abogado o notario para asegurar que cumpla con todas las formalidades legales.

4. Revisión y Confirmación: Revisa el borrador del testamento para asegurarte de que todo esté correcto y haz las modificaciones necesarias.

5. Firma Presencial: Aunque el proceso es mayormente online, la firma debe realizarse ante un notario para que el testamento tenga validez legal.

6. Registro del Testamento: El testamento se registra en el Registro General de Actos de Última Voluntad, asegurando su conservación y acceso futuro.

¿Cómo Redactar un Testamento?

Redactar un testamento puede parecer complicado, pero aquí tienes una guía rápida:

1. Encabezado: Especifica que el documento es tu testamento.

2. Datos Personales: Incluye tu nombre, DNI, y otros datos identificativos.

3. Declaración de Voluntad: Describe cómo deseas que se distribuyan tus bienes.

4. Designación de Herederos: Nombra a los beneficiarios de tus bienes.

5. Albacea: Designa a una persona de confianza para ejecutar tus deseos.

6. Legados Específicos: Incluye cualquier donación particular.

7. Instrucciones Finales: Cualquier otra disposición o instrucciones para el funeral.

8. Firma y Fecha: Firma el documento y asegúrate de incluir la fecha.

¿Es Mejor Hacer un Testamento Online o en Notaría?

Ambas opciones son válidas y tienen sus ventajas:

Testamento Online: Es más conveniente y rápido, permite hacer gran parte del proceso desde casa y puede ser más económico.
Testamento en Notaría: Ofrece una mayor sensación de seguridad y permite una supervisión directa por parte del notario durante todo el proceso.

La elección depende de tus necesidades y preferencias personales.

¿Quién debe firmar el testamento y cuántos testigos se necesitan?

La firma del testamento dependerá del tipo de testamento que se otorgue.

En el testamento abierto notarial, el más común, solo el testador y el notario deben firmarlo. No se requieren testigos salvo en casos especiales, como cuando el testador no sabe o no puede firmar, o si presenta dificultades para expresarse con claridad.

En el testamento ológrafo, que es escrito a mano por el testador, no es necesaria la firma de un notario ni testigos en el momento de su redacción. Sin embargo, tras el fallecimiento, los herederos deben presentarlo ante un juez para su validación. En el testamento cerrado, el testador entrega el documento en sobre cerrado al notario y declara que su voluntad está dentro. Se requiere la firma de tres testigos, además del notario, para certificar la entrega.

Para evitar complicaciones, lo más recomendable es hacer un testamento abierto notarial, que ofrece la mayor seguridad jurídica y evita trámites adicionales.

¿Cómo funciona el Registro de Últimas Voluntades y para qué sirve?

El Registro de Últimas Voluntades es un organismo oficial donde se inscriben los testamentos otorgados ante notario en Baleares. Su función es permitir a los herederos saber si la persona fallecida dejó testamento y ante qué notario se encuentra.

Cuando alguien fallece, los herederos deben solicitar un certificado de últimas voluntades, que les confirmará si existe testamento y en qué notaría se firmó. Este documento se pide pasados 15 días desde el fallecimiento y se puede solicitar online, por correo o presencialmente en el Ministerio de Justicia.Si hay testamento, los herederos pueden dirigirse a la notaría correspondiente para obtener una copia autorizada.

Si no hay testamento, deberán iniciar una declaración de herederos abintestato para que la ley determine el reparto de la herencia.

Este registro es clave para evitar confusiones y garantizar que la voluntad del fallecido se respete.

¿Qué Diferencia Hay entre un Testamento y un Certificado de Últimas Voluntades?

El testamento es el documento donde expresas tus deseos sobre la distribución de tus bienes. El certificado de últimas voluntades es un documento que acredita si una persona ha dejado testamento y ante qué notario se encuentra depositado.

¿Cómo se apertura la herencia tras el fallecimiento?

Cuando una persona fallece, sus herederos deben iniciar el proceso de apertura de la herencia para poder acceder a los bienes y repartirlos según lo estipulado en el testamento o en la ley.

El primer paso es obtener el certificado de defunción y el certificado de últimas voluntades. Este último confirma si la persona fallecida dejó testamento y en qué notaría se encuentra.

Si hay testamento, los herederos deben acudir a la notaría correspondiente para obtener una copia autorizada y proceder con la adjudicación de la herencia. En caso de que no haya testamento, será necesario tramitar una declaración de herederos ante notario o, si no hay familiares directos, en un juzgado.

Una vez identificados los herederos, se lleva a cabo la firma de la escritura de aceptación y reparto de herencia, en la que se adjudican los bienes. Para ello, será necesario liquidar impuestos como el Impuesto de Sucesiones y Donaciones y, si hay inmuebles, la plusvalía municipal.

Finalizados estos trámites, los herederos podrán disponer libremente de los bienes heredados.Hacer testamento facilita enormemente este proceso y evita retrasos y complicaciones innecesarias.

¿Qué Diferencia Hay entre un Testamento y una Declaración de Herederos?

Un testamento establece cómo se deben distribuir los bienes del testador. Una declaración de herederos se utiliza cuando alguien fallece sin testamento y se necesita identificar a los herederos legales.

¿Qué pasa si fallece alguien y no encuentro su testamento?

Si una persona ha fallecido y no sabes si dejó testamento, lo primero que debes hacer es solicitar el certificado de últimas voluntades. Este documento confirma si existe un testamento y en qué notaría se encuentra.

Para solicitarlo, necesitas el certificado de defunción del fallecido y abonar una tasa administrativa. Puedes hacerlo de manera online o presencial en el Ministerio de Justicia.

Si el certificado indica que hay testamento, deberás acudir a la notaría correspondiente para obtener una copia. Solo podrán solicitarla los herederos directos o personas con interés legítimo.

Si no hay testamento, la herencia se tramitará a través de una declaración de herederos abintestato, proceso que requiere reunir documentación y, en algunos casos, testigos.

Por ello, es recomendable hacer testamento para facilitar el proceso a los familiares y evitar trámites innecesarios.

Gastos

¿Cuánto cuesta hacer un testamento en Baleares?

El testamento es una herramienta legal esencial para organizar la herencia y evitar problemas en el futuro. A pesar de su importancia, muchas personas no lo hacen por desconocimiento o por creer que es un trámite costoso. Sin embargo, en Baleares, hacer un testamento ante notario es un procedimiento económico y accesible.

El precio de un testamento notarial varía en función de la complejidad del documento y de la notaría en la que se realice. En términos generales, el coste de un testamento abierto notarial, el más habitual, oscila entre 60 y 100 euros.

Algunos factores que pueden incrementar el precio son:

- La inclusión de cláusulas complejas, como fideicomisos o nombramiento de albaceas.
- La necesidad de asesoramiento adicional o redacción de disposiciones especiales.
- Solicitud de copias adicionales del testamento.

A pesar de estos posibles añadidos, el testamento sigue siendo una de las formas más asequibles de garantizar la seguridad jurídica de la herencia.

¿Cuánto Cuesta un Testamento Online?

El coste de hacer un testamento online en Baleares varía según la plataforma y los servicios incluidos. En general, oscila entre 40 y 200 euros, dependiendo de si solo se genera el documento o si también incluye asesoramiento legal. Los servicios más económicos permiten crear un testamento mediante formularios automatizados, mientras que los más completos ofrecen revisión por abogados y orientación personalizada. Sin embargo, si el testamento requiere validación notarial, habrá que acudir a un notario y pagar entre 50 y 80 euros adicionales.

Es importante tener en cuenta que un testamento online, por sí solo, no tiene validez legal. Para que sea efectivo, debe cumplir los requisitos legales: un testamento ológrafo debe estar escrito de puño y letra por el testador y validarse tras su fallecimiento, mientras que un testamento abierto notarial debe firmarse ante notario y registrarse en el Registro de Últimas Voluntades.

¿Cuánto Cuesta Notarizar un Testamento en Baleares?

El coste de notarizar un testamento en Baleares varía en función de la complejidad del documento y la notaría elegida, pero en general oscila entre 50 y 80 euros. Este precio está regulado por los aranceles notariales y cubre la redacción, firma y registro del testamento en el Registro General de Actos de Última Voluntad.Si el testamento incluye cláusulas complejas, como la designación de albaceas, legados específicos o instrucciones detalladas, el precio puede incrementarse ligeramente.

Además, si se solicitan copias autorizadas, cada una puede costar entre 5 y 15 euros. Pese a estos costes adicionales, hacer un testamento notarial es la opción más segura y recomendable, ya que evita impugnaciones y facilita la gestión de la herencia para los herederos.

¿Puedo ahorrarme costes haciendo un testamento ológrafo?

El testamento ológrafo es aquel que una persona redacta de su puño y letra sin necesidad de acudir a un notario. En principio, puede parecer una opción más económica, ya que no conlleva el pago de honorarios notariales en el momento de su redacción.

Sin embargo, optar por esta alternativa tiene importantes desventajas económicas a largo plazo. Tras el fallecimiento del testador, los herederos deberán presentarlo ante un juez para su validación, lo que implica gastos en trámites judiciales, abogados y peritajes caligráficos en caso de que surjan dudas sobre su autenticidad.

Además, los testamentos ológrafos tienen un mayor riesgo de ser impugnados o declarados nulos si no cumplen con los requisitos legales. En muchos casos, los herederos terminan gastando más dinero en validar el testamento que lo que habría costado un testamento notarial desde el inicio.

Por ello, aunque hacer un testamento ológrafo puede parecer una forma de ahorrar, el testamento abierto notarial sigue siendo la opción más segura y, a la larga, más económica.

¿Tengo que pagar el Impuesto de Sucesiones al hacer el testamento?

No. Firmar un testamento no genera la obligación de pagar el Impuesto de Sucesiones, ya que este tributo solo se aplica cuando se recibe una herencia.

El coste de otorgar un testamento se limita a los honorarios notariales, que suelen estar entre 50 y 80 euros. En cambio, el Impuesto de Sucesiones y Donaciones se paga tras el fallecimiento del testador, cuando los herederos aceptan la herencia.

El importe del impuesto varía según la Comunidad Autónoma y la relación entre el fallecido y el heredero. Existen bonificaciones y reducciones fiscales para familiares directos, lo que en algunos casos puede minimizar o incluso eliminar la carga impositiva. Prueba nuestra calculadora de impuestos sobre sucesiones en Baleares para conocer tus impuestos.

Por lo tanto, hacer testamento no implica el pago de impuestos, sino que simplemente organiza el reparto de bienes y facilita los trámites para los herederos.

¿Cuánto cuesta tramitar la herencia una vez fallece el testador?

Cuando una persona fallece, los herederos deben gestionar una serie de trámites legales y fiscales antes de poder disponer de la herencia. Los principales costes asociados a este proceso incluyen:
1. Impuesto de Sucesiones y Donaciones: depende de la Comunidad Autónoma y del parentesco con el fallecido. En algunos casos, los herederos directos pueden beneficiarse de bonificaciones.
2. Plusvalía municipal: se aplica a los inmuebles heredados y varía según el ayuntamiento donde se ubiquen.
3. Gastos notariales: para la escritura de aceptación de herencia, que puede oscilar entre 150 y 400 euros, dependiendo del valor de los bienes.
4.Honorarios de abogados o gestores: si se requiere asesoramiento adicional, los costes pueden aumentar.Hacer un testamento en vida ayuda a reducir los gastos y tiempos de tramitación de la herencia, facilitando el proceso a los herederos.

Cómo se Distribuye una Herencia y Quiénes Tienen Derecho

¿Cómo se reparten los bienes en Baleares cuando hay herederos forzosos?

En Baleares, la normativa sucesoria se rige por el Código Civil Común, pero con ciertas particularidades derivadas del Derecho Civil Balear. En esta comunidad, la legítima protege a los herederos forzosos, asegurando que reciban una parte mínima de la herencia.

La herencia en Baleares se divide en tres partes:

Tercio de legítima estricta
: Debe repartirse a partes iguales entre los herederos forzosos (descendientes).

Tercio de mejora: El testador puede utilizarlo para beneficiar a un heredero forzoso sobre otros, pero no puede destinarlo a personas ajenas a la familia.

Tercio de libre disposición: Puede asignarse libremente a cualquier persona, sea heredero forzoso o no.

Si no hay descendientes, la legítima corresponde a los ascendientes, y si tampoco los hay, el cónyuge viudo tiene derechos sucesorios, que varían en función del régimen matrimonial y la existencia de otros herederos.

El Derecho Civil Balear ofrece más flexibilidad que el régimen del Código Civil general en ciertos aspectos, por lo que hacer un testamento en esta comunidad permite una planificación más personalizada de la herencia.

¿Qué es la legítima y cómo se calcula en diferentes Comunidades Autónomas?

La legítima es la parte de la herencia que la ley protege para ciertos herederos, sin que pueda ser modificada por el testador. En Baleares, la legítima varía según la isla de residencia del testador, ya que Mallorca, Menorca e Ibiza y Formentera tienen regulaciones diferentes dentro del Derecho Civil Balear.

En Mallorca y Menorca, la legítima es de un tercio de la herencia y debe repartirse a partes iguales entre los descendientes.

En Ibiza y Formentera, la legítima es más reducida y representa solo un cuarto de la herencia, lo que otorga mayor libertad al testador para decidir sobre su patrimonio.

Si no hay descendientes, los padres y ascendientes tienen derecho a la legítima, y si tampoco los hay, el cónyuge viudo adquiere derechos sucesorios.En comparación con otras comunidades:

- En Navarra, no existe la legítima, por lo que el testador puede disponer libremente de toda su herencia.
- En Cataluña, la legítima es del 25% de la herencia y debe repartirse entre los hijos.
- En Galicia, la legítima representa el 25% de la herencia, similar a Baleares en términos de flexibilidad.

Dado que la legítima en Baleares es menor que en el régimen general del Código Civil, el testador tiene más margen para distribuir libremente su patrimonio, especialmente en Ibiza y Formentera.

¿Qué es la mejora y cómo influye en el reparto de bienes?

La mejora es una figura legal que permite al testador beneficiar a uno o varios herederos forzosos, aumentando su parte de la herencia sin afectar la legítima de los demás.

En Baleares, el tercio de mejora puede utilizarse para:

- Favorecer a un hijo sobre los demás.
- Asignar bienes específicos a un heredero concreto.
- Proteger económicamente a un descendiente con discapacidad o necesidades especiales.

Dado que la legítima en Baleares es menor que en el régimen del Código Civil general, el testador tiene más libertad para distribuir la herencia según sus deseos.

¿Puedo dejar todos mis bienes a quien quiero en Baleares?

No completamente, ya que la ley protege a los herederos forzosos con la legítima. Sin embargo, el testador puede beneficiar a una persona específica dentro de los límites legales.

Opciones disponibles en Baleares para favorecer a un heredero sobre otros:

- Utilizar el tercio de mejora para aumentar su parte de la herencia.
- Destinar el tercio de libre disposición para favorecer a quien desee, incluyendo personas que no sean familiares.
- En Ibiza y Formentera, donde la legítima es menor, el testador tiene más margen para asignar bienes libremente.

Si se desea desheredar a un heredero forzoso, esto solo es posible por causas legales específicas, como maltrato o abandono, y debe justificarse adecuadamente en el testamento para evitar impugnaciones.

¿Qué pasa con mi herencia si estoy divorciado o tengo pareja de hecho?

El estado civil del testador tiene un impacto directo en los derechos hereditarios de su pareja.

- Si el testador está divorciado o legalmente separado, su ex cónyuge no tiene derecho a heredar, salvo que se le nombre en el testamento.
- Si el testador tiene pareja de hecho, esta no es heredera forzosa, por lo que si no hay testamento, no recibirá parte de la herencia.

En Baleares, las parejas de hecho inscritas en el Registro de Parejas Estables tienen ciertos derechos sucesorios, pero solo si se incluyen expresamente en el testamento. Si el testador desea proteger a su pareja, es imprescindible reflejarlo en un testamento válido.

¿Cómo se dividen los bienes en caso de desacuerdo entre los herederos?

Si los herederos no se ponen de acuerdo en la partición de la herencia, hay dos posibilidades:

Partición amistosa:
- Los herederos acuerdan el reparto de los bienes.
- Se formaliza mediante escritura notarial.
- Es la opción más rápida y económica.

Partición judicial:
- Si no hay acuerdo, un juez interviene para determinar el reparto.
- Se nombra un contador-partidor, que valora los bienes y establece su distribución.
- Es un proceso más largo y costoso.

Para evitar conflictos, el testador puede incluir en su testamento la figura del contador-partidor, quien se encargará de repartir la herencia conforme a su voluntad, evitando disputas entre los herederos.

¿Se pueden heredar las deudas?

Sí, cuando una persona fallece, sus herederos no solo reciben los bienes, sino también las deudas. Sin embargo, existen opciones para gestionar la herencia y evitar problemas económicos:

- Aceptar la herencia pura y simplemente: El heredero recibe tanto los bienes como las deudas. Si las deudas son mayores que los bienes, deberá pagarlas con su propio patrimonio.

- Aceptar la herencia a beneficio de inventario: Permite pagar las deudas solo con los bienes heredados. Si las deudas superan los bienes, los herederos no asumen responsabilidad personal.

- Renunciar a la herencia: Si las deudas son mayores que los bienes, los herederos pueden renunciar ante notario, evitando cualquier obligación de pago.

La opción más recomendable en caso de dudas es la aceptación a beneficio de inventario, ya que protege a los herederos de posibles deudas ocultas.

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